Obligaciones y Beneficios de los Estados Parte

Obligaciones
  • Identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y natural situado en su territorio.
  • Reconocer que el patrimonio mundial, cultural y natural, constituye un patrimonio universal en cuya protección la comunidad internacional tiene el deber de cooperar.
  • Prestar ayuda para identificar, proteger, conservar y revalorar el patrimonio cultural y natural inscrito en la Lista de Patrimonio Mundial como en la Lista de Patrimonio Mundial en Peligro, si lo pide el Estado en cuyo territorio esta situado.
  • Apoyar las campañas internacionales de colecta de fondos, que se organizan en provecho del Fondo del Patrimonio Mundial, bajo los auspicios de la UNESCO.
  • No tomar deliberadamente ninguna medida que pueda causar daño, directa o indirectamente, al patrimonio cultural y natural situado en el territorio de otros Estados Partes.
  • Aportar normalmente, cada dos años, contribuciones obligatorias al Fondo del Patrimonio Mundial, que no podrá exceder en ningún caso del 1% de la contribución al presupuesto ordinario de la UNESCO. También podrán hacer contribuciones voluntarias.
  • Informar ampliamente al público de las amenazas que pesen sobre el patrimonio cultural y natural, y de actividades emprendidas para la aplicación de la Convención.
  • Tomar las medidas necesarias, cuando reciban la asistencia internacional, para difundir la importancia de los bienes que hayan sido objeto de dicha asistencia y el papel que ésta haya desempeñado.
  • Señalar en los informes que presenten a la Conferencia General de la UNESCO, en las fechas y en la forma que esta determine, las disposiciones legislativas, reglamentarias y demás medidas que hayan tomado para aplicar la Convención, incluyendo el estado de conservación de los bienes declarados patrimonio mundial situados en su territorio, así como la experiencia que hayan adquirido en este campo.
  • Presentar cada seis años al Comité de Patrimonio Mundial, a través del Centro, un informe sobre la aplicación de la Convención, incluido el estado de conservación de los bienes reconocidos como patrimonio mundial, situados en su territorio. Para este efecto los Estados Partes podrán solicitar la opinión de los expertos del Secretariado o de los organismos consultivos (ICOMOS, IUCN, ICCROM). El Secretariado puede igualmente acudir a los expertos, con el consentimiento de los Estados Partes.
  • Asegurar que todo bien inscrito en la Lista del Patrimonio Mundial, situado en su territorio, tenga una protección jurídica o un sistema de gestión idóneo en el ámbito local, regional y nacional para su conservación, que ofrezca garantías de uso eficaz de las diferentes normas, planes o mecanismos de protección arbitrados o establecidos por el propio país.
  • Informar al Comité de Patrimonio Mundial, a través del Secretariado de la UNESCO, las intensiones de emprender o autorizar restauraciones importantes, o nuevas construcciones que pueden alterar el valor patrimonial del bien inscrito.
 
 
Beneficios

Al tener un bien reconocido como patrimonio mundial, los Estados Partes son beneficiarios de:

  •  La asistencia internacional, en casos determinados, a través del Fondo del Patrimonio Mundial, mismo que se nutre de contribuciones obligatorias y voluntarias.
  • El fortalecimiento de la conciencia conservacionista, en la cual las autoridades gubernamentales estarán obligadas a tomar en cuenta todos los argumentos y posturas de los grupos defensores del patrimonio.
  •  El incremento de la atracción turística hacia el bien, que normalmente implica una fuente adicional de recursos para el desarrollo local y para la propia conservación del patrimonio.
  • La capacidad de negociación para obtener subvenciones y créditos blandos de las instituciones nacionales, públicas o privadas, o bien del área regional a la que pertenezca el bien.
  •  Una mayor autoestima, tanto del bien patrimonial como de la identidad de la comunidad.
  • Todo Estado Parte podrá solicitar la asistencia internacional a favor de los bienes reconocidos como patrimonio cultural o natural de valor universal excepcional, situados en su territorio. Unirá a su petición la información y los documentos concernientes disponibles, o aquellos que el Comité necesite para tomar su decisión: descripción de la operación que se proyecte, los trabajos necesarios, evaluación de su costo, urgencia y razones por las cuales los recursos del Estado solicitante no le permite hacer frente a la totalidad de los gastos. Siempre que sea posible, las peticiones se apoyarán en un dictamen de expertos. Las solicitudes que se presenten más húmedas, desarrollo forestal y educación ambiental, entre otros temas. Respecto a la conservación de los sitios culturales, se ha suministrado apoyo técnico mediante la concesión de becas y la elaboración de cursos de formación de conservación arquitectónica, planificación urbana de las ciudades históricas y otros. Aunque de da la prioridad a la formación colectiva en el ámbito local o regional, las personas pueden ser consideradas individualmente para tomar parte en programas de actualización o intercambios de experiencia en el tema.
  • Cooperación técnica . Responde a las solicitudes de ayuda de los Estados Partes respecto a los proyectos encaminados a salvaguardar bienes que ya están inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial. Esta cooperación se puede dar en forma de estudios o de aporte de expertos, técnicos o de equipo.
  • Asistencia para la educación, información y sensibilización .
  • Se otorga en dos ámbitos: regional e internacional, y nacional. En el primero, para programas, actividades y reuniones que promuevan la aplicación de la Convención  en los países de una región determinada. En el contexto nacional, para organizar reuniones que den justificadas por calamidades naturales o por catástrofes, serán examinadas sin demora por el Comité, para las cuales se dispone de un Fondo de Reserva especial.
  • La asistencia internacional que recibe a petición de los Estados Partes se clasifica en:
  • Asistencia de emergencia. Esta ayuda se presta a sitios que se hallan en peligro inminente debido a un grave daño ocasionado por eventos súbitos como terremotos, incendios, explosiones, inundaciones o guerras. También suministra auxilio en la elaboración de planes de emergencia para salvaguardar los bienes que estén en peligro, o para adoptar otras medidas de emergencia para la protección de los sitios.
  • Asistencia preparatoria. Apoya la realización de inventarios de sitios que podrían formar parte del patrimonio mundial (Lista Indicativa); de las candidaturas para la Lista de Patrimonio Mundial; de las solicitudes de cooperación técnica incluyendo cursos de capacitación.
  • Formación e investigación. Esta actividad juega un papel clave en la preservación del patrimonio cultural y natural. Se han asignado fondos para cursos de formación para la gestión de zonas húmedas, desarrollo forestal y educación ambiental, entre otros temas. Respecto a la conservación de los sitios culturales, se ha suministrado apoyo técnico mediante la concesión de becas y la elaboración de cursos de formación de conservación arquitectónica, planificación urbana de las ciudades históricas y otros. Aunque se da la prioridad a la formación colectiva en el ámbito local o regional, las personas pueden ser consideradas individualmente para tomar parte en programas de actualización o intercambios de experiencia en el tema.
  • Cooperación técnica . Responde a las solicitudes de ayuda de los Estados Partes respecto a los proyectos encaminados a salvaguardar bienes que ya están inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial. Esta cooperación se puede dar en forma de estudios o de aporte de expertos, técnicos o de equipo.
  • Asistencia para la educación, información y sensibilización . Se otorga en dos ámbitos: regional e internacional, y nacional. En el primero, para programas, actividades y reuniones que promuevan la aplicación de la Convención  en los países de una región determinada. En el contexto nacional, para organizar reuniones que den a conocer la Convención  entre los jóvenes y crear asociaciones nacionales para la protección del patrimonio mundial; así como la preparación de material educativo e informativo (publicaciones, exposiciones, películas), para la promoción general de la Convención . La asistencia provista por la Convención  sólo se podrá conceder a los bienes del patrimonio cultural y natural inscritos, tanto en la Lista del Patrimonio Mundial como en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro.