Directrices Prácticas para la Aplicación de la Convención
a) la inscripción de bienes en la Lista del Patrimonio Mundial y en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro;
b) la protección y la conservación de los bienes del Patrimonio Mundial;
c) la concesión de asistencia internacional en el marco del Fondo del Patrimonio Mundial; y
d) la movilización de apoyo nacional e internacional a favor de la Convención.
a) los Estados Partes de la "Convención del Patrimonio Mundial";
b) el Comité Intergubernamental para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural de Valor Universal Excepcional.
c) el Centro del Patrimonio Mundial de la UNESCO en su calidad de Secretaría del Comité del Patrimonio Mundial.
d) los organismos consultivos del "Comité del Patrimonio Mundial";
e) los administradores de sitios, interesados directos e interlocutores en la protección de los bienes del Patrimonio Mundial.